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Nuestra Institución: Estatuto

TITULO PRIMERO

DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL

Art. 1º. Con la denominación de ASOCIACIÓN CORDOBESA DE RADIODIFUSIÓN POR CABLE, se constituye una asociación civil, el día 21 del mes de mayo del año 1982, con domicilio legal en la ciudad de Córdoba.

Art. 2º.  Son sus propósitos o fines:

a.) Agrupar a las personas físicas y jurídicas titulares de licencias privadas para explotar servicios cerrados de radiodifusión vinculados por cable, por medio radioeléctrico o por cualquier otro medio o sistema, tales como circuitos cerrados de televisión y de audiofrecuencia, antenas comunitarias, circuitos cerrados aéreos codificados y otros de estructura análoga que transmitan programaciones de televisión y/o sonoras, como así también en forma complementaria servicios de informática y otros análogos, con destino a públicos abonados a dichos servicios así como a empresas e instituciones relacionadas con esa actividad.

b.) Ejercer la representación de sus asociados ante los poderes públicos nacionales, provinciales y municipales, así como ante sectores privados en defensa, preservación y promoción de sus intereses.

c.) Ejercer sin fines de lucro la representación de sus asociados en la discusión y forma de convenios sobre asuntos laborales y sobre toda otra materia sujeta a legislación y jurisdicción nacional, provincial y municipal que obligue al sector empresario.

d.) Interponer con la conformidad expresa y por escrito de uno o más asociados las acciones judiciales pertinentes y en especial la acción de amparo, en nombre y representación de sus asociados, contra todo acto u omisión de autoridad pública que lesione, restrinja, altere o amenace con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta los derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional.

e.)  Asesorar sin fines de lucro a los poderes públicos y proponer las medidas necesarias para el desarrollo de las telecomunicaciones privadas e integrar comisiones, organismos y cuerpos colegiados que determinen las normas específicas que hagan a esta actividad industrial de servicio a la comunidad.

f.) Asesorar sin fines de lucro a los asociados en todo lo relacionado con la actividad y promover cursos y seminarios que tiendan a la capacitación de técnicos profesionales, brindarles asistencia técnica y/o asesoría en todos los temas que le fuere requerido.

g.) Participar como entidad representante de sus asociados en congresos, convenciones y otras reuniones nacionales e internacionales.

h.) Analizar y promover la legislación específica y relacionada que permita el desarrollo de la actividad y la modificación de aquella que la impida.

i.) Establecer y coordinar estrategias para la defensa, preservación, promoción de la actividad en el orden técnico, cultural y comercial, procurando establecer y fortalecer su integración en todo el territorio provincial.

j.) Constituir y/o integrar federaciones y/o confederaciones para la promoción y defensa de objetivos e intereses comunes de la actividad.

k.) Mediar en la medida de sus posibilidades, en los conflictos que puedan suscitarse entre dos o más asociados, priorizando el interés común de la actividad.

l.) Considerar todo otro asunto de interés para la televisión por cable que coadyuve a la jerarquización para lograr una mejor comunicación social.

ll.) Estimular la función comunitaria que les compete a estos sistemas, propendiendo a que cumplan una función informativa, cultural, social, etc., todo en beneficio de las comunicadas dentro de las cuales desarrollan su actividad.

m.) Crear vínculos de amistad y solidaridad entre sus asociados, instando a la mutua colaboración e intercambio cultural, técnico, económico y de cualquier otra índole;

n.) Difundir por todos los medios y a todo nivel la existencia y razón de ser de los sistemas de radiodifusión, en importancia a la función social que les cabe.